El 26 de marzo, el panel de tres expertos del caso presentado bajo el MLRR en contra de la compañía minera canadiense Orla Mining publicó sus hallazgos, que confirman las denuncias de las trabajadoras(es) de que la gerencia de la mina Camino Rojo, en el estado de Zacatecas, México, había interferido con sus derechos a la libertad sindical.
Asimismo, el panel de expertos confirmó que el empleador no respondió a las solicitudes urgentes de las trabajadoras(es) quienes pidieron ayuda después de haber recibido amenazas de muerte por apoyar al sindicato Los Mineros y no apoyar al sindicato de protección favorecido por el empleador. Se difundió el informe de los expertos casi dos años después de que el sindicato Los Mineros presentara la queja.
El gobierno mexicano cuestionó los hallazgos del panel, argumentando que las amenazas de violencia constituían un delito que escapaba al alcance del MLRR y que la mina no era una instalación cubierta por el tratado comercial trinacional entre México, Canadá y los Estados Unidos.
Bajo el tratado comercial, las partes interesadas pueden presentar quejas en contra de los empleadores cuando se violan los derechos de la libertad sindical. Si bien la mayoría de los casos bajo el MLRR se han resuelto con relativa rapidez y los empleadores afectados que violaron los derechos laborales han aceptado los planes de acción correctiva, el caso de la mina Camino Rojo demuestra la necesidad urgente de mejorar el proceso. |